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Los funcionarios del cuerpo de inspectores de tránsito, están facultados para modificar las preferencias establecidas cuando las circunstancias lo requieran:
-Verdadero. (media)
¿Qué prohíbe esta señal?
-Estacionarse y detenerse. (media)
Si, dentro de ciudad, circula conduciendo su vehículo a 70 kilómetros por hora y no existen carteles señalizadores de velocidad, estando la vía despejada y sin conflictos, Ud. ¿debe modificar la velocidad?
-Sí, se deberá circular como máximo a 45 kilómetros por hora. (media)
En condiciones de tránsito normales, un vehículo podrá ser conducido marcha atrás solo:
-En caso de necesidad o para estacionarse. (media)
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